Avales para empresas por el coronavirus covid19
Avales para empresas y autónomos por el Cornovavirus covid19
El Consejo de Ministros comenzó la puesta en desempeño de la línea de avales aprobados por el Real Decreto-ley 8/2021, de 17 de marzo, para hacer más simple ingreso al crédito y liquidez a compañias y autónomos a fin de llevar a cabo en oposición al encontronazo económico y popular del coronavirus.
La Línea de Avales del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital está utilizable desde el lunes 6 de abril. Los avales serán gestionados por el ICO (Instituto de Crédito Odificlal) a través de las entidades financieras que concedan financiación a compañias y autónomos para paliar los efectos económicos del coronavirus, garantizando la liquidez y cubriendo las pretenciones de circulante con el propósito de sostener la actividad productiva y el empleo.
Las compañias y autónomos tendrán ingreso a estos avales a través de sus entidades financieras, por medio de la formalización de novedosas operaciones de financiación o renovación de las que ya están. Se habilitan dos tramos de 10.000 millones de euros; no de ellos designado a autónomos y empresas pequeñas y medianas y otro para las compañias que no reúnan la condición de pyme.
FINALIDAD DE LA LÍNEA DE AVALES PARA EMPRESAS Y AUTÓNOMOS POR EL CORONAVIRUS
La línea de avales se crea para contemplar los nuevos préstamos y otras costumbres de financiación, así como las renovaciones concedidas por entidades financieras a empressas y autónomos para atender las pretenciones de financiación, tales como:
– Pagos de salarios
– Facturas de suministradores atentos de liquidar
– Alquileres de locales, áreas de trabajo e instalaciones
– Costos de suministros
– Necesidad de circulante
– Otras pretenciones de liquidez, introduciendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias
– No podrán financiarse con cargo a la Línea de Avales las unificaciones y reestructuraciones de préstamos, así como la cancelación o amortización anticipada de deudas que ya existían.
ENTIDADES FINANCIERAS QUE OPERAN CON ESTA LÍNEA DE AVALES POR EL CORONAVIRUS
Las entidades financieras que hacen más fácil la línea de avales a las empresas son :
– Entidades de crédito
– Establecimientos financieros de crédito
– Entidades de dinero electrónico
– Entidades de pagos
Deberán estar registradas y supervisadas por el Banco de España y haber suscrito con ICO un contrato marco para formar parte en la Línea de Avales.
Los autónomos y compañias se dirigirán a ellas, que serán quienes resuelvan sobre la concesión de la correspondiente financiación al cliente, según con sus métodos internos y políticas de concesión y peligros. La aprobación de los préstamos jamás podrá estar supeditada a la contratación por parte del cliente de ningún otro servicio o producto.
REQUISITOS PARA LA CONCESIÓN DE AVALES PARA EMPRESAS Y AUTONOMOS POR EL CORONAVIRUS COVID19
Los avales van premeditados a empresas que tengan domicilio popular en España y que se hayan visto damnificados por los efectos económicos del coronavirus siempre que:
– Los préstamos y operaciones hayan sido formalizados o renovados desde el 18 de marzo de 2021.
– Las empresas y autónomos no figuren en situación de morosidad en la consulta a los archivos de la Central de Información de Peligros del Banco de España (CIRBE) a 31 de diciembre de 2019.
y no estén sujetos a un trámite concursal a fecha de 17 de marzo de 2021, bien por haber anunciado aprobación de declaración de certamen, o por darse las situaciones a que tiene relación el artículo 2.4 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, para que el certamen sea solicitado por sus acreedores.
– Cuando sea aplicable el Marco Temporal de Ayudas de la Unión Europea no hallarse en situación de crisis a 31.12.2019 acorde a los criterios establecidos en el artículo 2 (18) del Reglamento de la Comisión Nº 651/2018, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran ciertas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior.
PLAZO DE SOLICITUD Y FINANCIACIÓN MÁXIMA DE LOS AVALES POR EL COVID19
Las entidades financieras tienen la posibilidad de pedir el aval para los préstamos y operaciones suscritas con autónomos y compañias formalizados o renovados desde el 18 de marzo de 2021 y hasta el 30 de septiembre de 2021. El período podrá ampliarse por Acuerdo de Consejo de Ministros.
En función del régimen aplicable acorde a la normativa de la Unión Europea:
– Para préstamos o renovaciones de hasta un máximo de 1,5 millones de euros en una o numerosas operaciones de préstamo a autónomos y compañias, se aplicará el régimen de las ayudas de mínimis.
– Para préstamos por arriba de 1,5 millones de euros, o para importes inferiores cuando no sea aplicable el régimen de minimis, se aplicarán los requisitos establecidos en el Marco Temporal de Ayudas de Estado de la Comisión Europea tanto para autónomos y compañias.
COBERTURA Y VIGENCIA DE LOS AVALES POR EL CORONAVIRUS
El porcentaje máximo de cobertura del aval es el 80% del primordial de las novedosas operaciones de financiación y de las renovaciones (en la situacion de autónomos y pymes).
Para el resto de compañias, que no tengan la consideración de pyme, el aval cubrirá el 70% en la situacion de novedosas operaciones de préstamo y el 60% para renovaciones.
El aval no proporciona cobertura a conceptos diferentes al primordial de la operación, así como pago de intereses, comisiones u otros costos propios de las operaciones.
El período del aval emitido coincidirá con el período de la operación, hasta un máximo de 5 años.
La entidad financiera tiene la obligación de asegurar que los gastos de las novedosas operaciones y renovaciones que se beneficien de estos avales se mantendrán en línea con los gastos cargados antes del inicio de la crisis del coronavirus, sabiendo la garantía pública del aval y su coste de cobertura.
Además, las entidades financieras deberán mover a sus usuarios el provecho derivado del aval público en forma, por ejemplo configuraciones, de inferiores intereses o más grande período, o más financiación, o tiempo de carencia del primordial, etc.
No se tienen la posibilidad de cortar las lineas de financiación que ya están y favorecerse de los avales. La entidad financiera también asume el deber de sostener, por lo menos hasta el 30 de septiembre de 2021, los límites de las líneas de circulante concedidas a todos los usuarios y, en especial, a esos usuarios cuyos préstamos resulten avalados. Desde el 30 de abril, los importes de aval asignados y no usados por las entidades se distribuirán entre el resto de operadores que hubieran agotado sus líneas, de manera proporcional al importe de aval que hubieran usado hasta esa fecha.