Bono Social Eléctrico para Autónomos y Pymes afectados por el Covid-19
Bono Social Eléctrico para Autónomos y Empresas pequeñas y medianas damnificados por el Covid-19
Desde el Ministerio de Transición Ecológica se decretó un bono social eléctrico por COVID-19 que será concedido a PYMES o autónomos que hayan visto mermada su facturación o que de manera directa hayan cesado. Si te atrae entender si puedes conseguirlo sigue leyendo sobre el bono social eléctrico para autónomos y empresas pequeñas y medianas damnificados por el COVID-19.
¿Qué es el bono social Eléctrico?
El bono social eléctrico es una rebaja en la factura de la luz para esas personas que tienen algún tipo desventaja a nivel socio-económico o que han sufrido algún tipo de inconveniente a nivel personal o dentro de la composición familiar.
En este cuadro puedes observar los porcentajes de descuento y las condiciones que se tienen que cumplir:
*En la situacion de que se acredite situaciones destacables (familia monoparental, discapacidad igual o superior al 33%, nivel de dependencia II o III, víctima de terrorismo o víctima crueldad de género), el requisito de renta a cumplir por la unidad familiar se aumenta en 0,5x IPREM. 3760 €.
Tampoco se podrá cortar el suministro en caso de impago a los clientes acogidos al bono social en cuya unidad familiar haya por lo menos un menor de 16 años, o alguna persona con discapacidad igual o superior al 33 % o con nivel de dependencia II o III, y que muestren un certificado de puerta de inseguridad expedido por los servicios sociales.
* Tienen la posibilidad de sentir otras rentas siempre que no superen en total los 500 €.
En la situación que nos compete vamos a comentar de como pedirlo y las condiciones que tienes que cumplir si eres autónomo y te viste afectado por la crisis del Coronavirus.
Ver los porcentajes de descuento y las condiciones que se tienen que cumplir con el bono social eléctrico por covid19:

Requisitos para pedir el bono social eléctrico Coronavirus Covid-19
En el caso de que seas un autónomo (o autónomo societario) que se vió afectado por la crisis sanitaria te diremos que tienes derecho a una rebaja del 25% como máximo bajo estas circunstancias:
Autónomos que cesaron sus actividad debido al coronavirus.
Autónomos cuyo volumen de negocios disminuyó en un promedio del 75% en comparación con los seis meses anteriores gracias a COVID-19
En estos 2 casos, el nivel de capital incrementa. Para lograr poder ingresar a este reembolso los capital o el ingreso anual grupo de la unidad familiar a la que forman parte debe ser:
≤ 2.5 x IPREM de 14 pagas, si no hay un individuo individuo que aún no ha alcanzado la edad adulta en la unidad familiar: 18.799€/año
≤ 3 x IPREM con 14 pagas si hay 1 niño en la unidad familiar: 22.559€/año
≤ 3.5 x IPREM con 14 pagas si hay 2 inferiores en la unidad familiar 26.318€/año
También es infaltante tener contratado el valor voluntario para el pequeño cliente (PVPC) que tiene una capacidad igual o inferior a 10kW.
La condición de un cliente afectado por causas similares con coronavirus expira cuando cesan las situaciones de la actividad económica en cuestión, y el cliente está obligado a reportar a la entidad de este suceso.
En ningún caso el provecho durará más de seis meses desde el instante de su cálculo, sin perjuicio de la oportunidad de ejercer esta condición cualquier ocasión antes o después de esa fecha, según con otros casos previstos en el Real Decreto 897/2017 de 6 de octubre.
¿Sabes cómo pedir el bono social eléctrico por Coronavirus?
- En la Orden TED/320/2021, de 3 de abril, se ha anunciado el modelo que tienen que cumplimentar los autónomos damnificados por la crisis y que tienen la posibilidad de elegir a esta asistencia.
- Consultar el modelo del bono social eléctrico
Documentación a enseñar para pedir el bono social eléctrico
Si la compañía comercializadora de electricidad cree que la aprobación recibida está incompleta, tiene cinco días para estar comunicado con el cliente demandante y señalar la documentación que hay que corregir.
El bono se aplicará desde el primer día del período de facturación en el que se recibe la aprobación completa adjuntado con la documentación adjunta necesaria.
Se aplicará a la próxima factura, siempre que se emita dentro de 15 días hábiles después de que la distribuidora reciba la aprobación completa del cliente.
Pedir el bono social eléctrico por la crisis del COVID-19 es una asistencia más para los colectivos más damnificados, debido a que contribuye a que paguemos menos en nuestra factura de la luz. Si tienes más inquietudes utiliza los comentarios y te responderemos.
- Se debe dar toda la información acreditada por la Agencia Tributaria a la eléctrica así como los datos personales y familiares de la vivienda y el Código Universal de Punto de Suministro (CUPS):
- Copia del NIF o NIE del titular del punto de suministro.
- Copia del NIF o NIE de todos los integrantes para los que dicho archivo sea obligación.
- Certificado de empadronamiento en vigor.
- Libro de familia en la situacion de que permanezca unidad familiar.
- Acreditación de realizar la condición de cese de actividad y reducción del 75% en la facturación.