Todas las ayudas del Gobierno por la crisis del Coronavirus. Medidas económicas para autónomos, pymes, familias y otros sectores estratégicos. Información oficial de las prestaciones, requisitos y cómo solicitarlas.
El decreto del estado de alarma y el cierre de locales comerciales tiene un impacto económico sobre pymes, grandes empresas, autónomos y trabajadores.
El Real Decreto-ley aprobado por el Gobierno pretende minimizar los efectos negativos del COVID-19.
El plan, dotado con 200.000 millones de euros incluye la moratoria de las hipotecas, la flexibilización de los ERTE y una prestación especial para autónomos afectados por la crisis del coronavirus.
Estas prestaciones, tendrán una vigencia de un mes con posibilidad de prórroga en caso de extenderse el estado de alarma.
En Cursos Inem Web reunimos todas las medidas oficiales acordadas por el Ejecutivo.
Subsidio para trabajadoras del hogar por el coronavirus
Subsidio para trabajadores temporales despedidos por el coronavirus
Ayudas para familias afectadas por el coronavirus
Ayudas para autónomos por el coronavirus
Ayudas para pymes por el coronavirus
Ayudas para el sector turístico por el coronavirus COVID-19
Ayudas para Pymes
Estas ayudas buscan minimizar el impacto sobre la liquidez en las pymes así como apoyar su financiación. Estas medidas son las siguientes:
Moratoria de las cuotas de la Seguridad Social por el coronavirus
Bono social eléctrico para pymes y autónomos COVID-19, ¿cómo pedirlo?
Avales para empresas por el coronavirus, ¿en qué consisten?
Pymes y Autónomos: ¿cómo pedir el aplazamiento de impuestos por el coronavirus?
ERTE por coronavirus, ¿pueden acogerse las empresas a un despido temporal?
Aplazamiento de impuestos
Se propone un aplazamiento de 6 meses en el pago de impuestos para todas las declaraciones con plazo de presentación e ingreso hasta el 30 de mayo de 2021.
Aplazamiento en reembolsos de préstamos de la Secretaría General de Industria
Esta medida se aplica a todas las empresas que deben dinero siempre que se cumplan estas dos condiciones:
- El plazo de devolución es inferior a 6 meses.
- Que esté justificado que el COVID-19 tiene impacto sobre la empresa.
La moratoria es una adaptación en el calendario de pago y deberá realizarse siempre dentro del periodo voluntario de pago.
ERTE por coronavirus
El Gobierno bonificará parte de la cuota que debe pagar la empresa a la Seguridad Social según el número de trabajadores afectados.
- Empresas de menos de 50 trabajadores: el Gobierno asumirá el 100% de a cotización.
- Empresas de más de 50 trabajadores: el Gobierno asumirá el 75% de a cotización.
Además, cuando la situación se normalice las empresas no podrán despedir a los trabajadores que hayan estado en ERTE durante los próximos 6 meses.
Durante el ERTE, los trabajadores afectados recibirán prestación por desempleo, incluidos aquellos que no hayan acumulado el tiempo mínimo exigido por la ley.
Avales por valor de 100.000 millones de euros
Es una medida para que las empresas puedan solicitar con solvencia y respaldo los créditos que necesiten a la banca privada.
Ayudas para Autónomos
Los autónomos también pueden optar a las ayudas extraordinarias del Gobierno para atenuar los efectos de la pandemia del COVID-19.
Moratoria de las cuotas de la Seguridad Social por el coronavirus
Bono social eléctrico para pymes y autónomos COVID-19, ¿cómo pedirlo?
Cómo pedir la prestación por cese de actividad por el COVID-19
Pymes y Autónomos: ¿cómo pedir el aplazamiento de impuestos por el coronavirus?
¿Cómo pedir las ayudas para autónomos afectados por coronavirus?
ERTE por coronavirus, ¿pueden acogerse las empresas a un despido temporal?
Aplazamiento de impuestos
El aplazamiento de estas cuotas para los autónomos por el coronavirus está sujeto a los siguientes puntos:
- La fecha de aplicación de esta medida va desde la aprobación del decreto hasta el 30 de mayo de 2021.
- Solo se podrán aplazar los pagos con un máximo 6 meses.
- No habrá intereses de ningún tipo durante los 3 primeros meses de demora.
- El máximo permitido de esta deuda con el Estado es de 30.000 euros.
- Solo se podrán acoger las empresas con un volumen de facturación inferior a 6.010.121,04 euros en el año 2019.
A pesar de las demandas de los autónomos, de momento no existe ninguna ayuda firme sobre la suspensión de la cuota a pagar.
Aplazamiento en reembolsos de préstamos de la Secretaría General de Industria
Esta medida, al igual que para las empresas, es aplicable a todos los autónomos que tengan deudas con la Secretaría General de Industria y deberá cumplir estos requisitos para adherirse:
- El plazo de devolución es inferior a 6 meses.
- Que esté justificado que el COVID-19 tiene impacto negativo sobre la empresa.
La moratoria es una adaptación en el calendario de pago y deberá realizarse siempre dentro del periodo voluntario de pago.
Ayudas para el Sector Turístico
Para reflotar el sector turístico, el Gobierno ha aprobado aumentar la línea de financiación para los afectados por la bancarrota del grupo Thomas Cook de hasta 400 millones de euros.
Se trata de una línea de créditos ICO nueva de 200 millones a la que se podrán acoger empresas del sector turístico, del transporte y de la hostelería.
Esta medida tiene una serie de requisitos:
- No podrán figurar en situación de morosidad.
- El importe máximo por cliente y año es de 500.000 euros.
- La financiación se hará bajo la modalidad de préstamo con las entidades acreditadas (BBVA, Santader y Cajamar).
- Plazo de amortización de 4 años con máximo de 1 año de carencia.
- Tasa de Interés Fijo hasta un máximo del 1,5% (incluidas comisiones).
Bonificación por contratos fijos discontinuos
Las empresas con actividad en febrero, marzo, abril, mayo, junio y que inicien o que mantengan en alta durante estos meses a los trabajadores con contratos de carácter fijo discontinuo tendrán una bonificación del 50% de las cuotas a la Seguridad Social.
Prestación por cese de actividad
Únicamente podrán acceder a la prestación por cese de actividad temporal los negocios que presenten una caída de ingresos derivada de los efectos de la pandemia.
Ayudas para Familias
El Real Decreto-ley recoge medidas extraordinarias de apoyo a las familias más vulnerables.
La moratoria de la hipoteca, la protección de los suministros básicos y la ayuda a personas mayores y dependientes son las principales líneas de actuación.
¿Cómo funciona el permiso retribuido recuperable?
Ayudas al alquiler por el coronavirus
¿Me pueden despedir por la crisis del coronavirus?
¿Cómo solicitar la adaptación de la jornada laboral por el coronavirus?
Coronavirus y Declaración de la Renta: calendario para presentarla
Ayudas a padres para cuidar a sus hijos durante el coronavirus
Protección de los suministros básicos
Las medidas extraordinarias garantizarán los suministros esenciales a las familias más afectadas por la crisis del coronavirus.
Durante el tiempo que dure el estado de alarma, las empresas de energía, gas natural, agua y telecomunicaciones no podrán suspender el suministro a los consumidores másvulnerables o en riesgo de exclusión social.
Moratoria en el pago de hipotecas
El Real Decreto-ley permite el aplazamiento del pago de la hipoteca para las familias más vulnerables.
Esta medida está disponible para todas aquellas personas que dispongan de una hipoteca para primera vivienda y que hayan visto reducidos sus ingresos o perdido sus empleos durante la crisis del coronavirus.
Presupuesto de 600 millones de euros destinados a servicios sociales
Se realizarán transferencias a las comunidades autónomas y entes locales para financiar prestaciones esenciales a personas mayores y dependientes.
Estas son todas las ayudas económicas aprobadas por el Gobierno para mitigar el impacto económico y social del coronavirus.
En Cursos Inem Web actualizamos esta información diariamente para darte las últimas noticias sobre la crisis del COVID-19.
Ayudas para Trabajadoras del Hogar
El Gobierno ha dado a conocer que las trabajadoras del hogar que hayan perdido su empleo o reducido sus horas de trabajo a causa de la crisis del coronavirus, tendrán derecho a un subsidio específico.
De este modo las empleadas del hogar, que no tienen derecho a la prestación por desempleo aunque estén dadas de alta en la Seguridad Social, podrán acceder por vez primera a un subsidio si se quedan sin empleo o tienen menos trabajo.